Pérdida de ciudadanía italiana por naturalización: qué cambia en 2026

por | Ago 12, 2025 | Ciudadanía italiana

Pérdida de la ciudadanía italiana por naturalización extranjera: cuándo se interrumpe realmente la transmisión

Pérdida de ciudadanía italiana por naturalización extranjera naturalización extranjera. La naturalización extranjera de un antepasado italiano puede interrumpir la transmisión de la ciudadanía italiana, pero no en todos los casos.

Para saber qué efecto produjo una naturalización hay que responder, como mínimo, tres preguntas: cuándo se naturalizó el ciudadano italiano, cuándo nació la siguiente persona de la línea y qué ciudadanía tenía ese hijo desde su nacimiento.

Esta última cuestión adquirió especial importancia después de la Sentencia 24045/2026 de las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione, que resolvió el denominado minor issue.

La Corte estableció que el hijo nacido en el extranjero que ya era desde su nacimiento italiano iure sanguinis y ciudadano extranjero iure soli no perdía su ciudadanía italiana porque posteriormente su progenitor se naturalizara extranjero durante su minoría de edad.  

Por eso, hoy ya no alcanza con preguntar:

“¿Mi antepasado italiano se naturalizó?”

La pregunta correcta es:

“¿Cuándo se naturalizó y qué había ocurrido con la transmisión de la ciudadanía antes de esa naturalización?”

La fecha de naturalización puede cambiar completamente el análisis. Pérdida de ciudadanía italiana por naturalización extranjera

Cuando reconstruimos una línea de ciudadanía italiana por descendencia, la naturalización extranjera es uno de los acontecimientos que debemos ubicar con mayor precisión.

No produce el mismo efecto que el ciudadano italiano se haya naturalizado antes del nacimiento de su hijo que después.

Tampoco es lo mismo que ese hijo nacido en el extranjero ya tuviera desde su nacimiento otra ciudadanía por ius soli o que adquiriera una ciudadanía extranjera posteriormente como consecuencia de la situación de su progenitor.

Estas diferencias son fundamentales para entender si existió realmente una interrupción de la línea.

1. Naturalización antes del nacimiento del hijo

Este es el supuesto más claro.

Bajo el régimen histórico anterior a 1992, si el ciudadano italiano había perdido su ciudadanía como consecuencia de una naturalización extranjera antes de que naciera la siguiente persona de la línea, el problema se produce en el momento mismo del nacimiento.

¿Por qué?

Porque para transmitir ciudadanía italiana iure sanguinis el progenitor debía conservar la ciudadanía italiana cuando nació su hijo.

Si ya la había perdido, ese hijo no podía adquirir ciudadanía italiana por esa línea en el momento de nacer.

Ejemplo práctico

Giovanni nació en Italia y posteriormente emigró.

Se naturalizó extranjero en 1935.

Su hijo Antonio nació en 1940.

En este supuesto, cuando nació Antonio, Giovanni ya había perdido la ciudadanía italiana.

Por tanto, la línea de transmisión debe analizarse desde esa interrupción anterior al nacimiento.

Y aquí aparece una regla práctica muy importante:

no se puede simplemente “saltar” esa generación y pretender recibir la ciudadanía directamente del abuelo o bisabuelo italiano.

La transmisión iure sanguinis debe existir a través de la cadena generacional correspondiente.

2. ¿Qué pasa si la naturalización ocurrió después del nacimiento?

Aquí la situación es completamente diferente.

Si el hijo nació antes de la naturalización del progenitor italiano, primero hay que determinar qué ciudadanía adquirió ese hijo al nacer.

En numerosos países de emigración italiana —especialmente en América— el nacimiento en el territorio producía además la adquisición originaria de la ciudadanía local por ius soli.

Eso significa que el niño podía nacer simultáneamente:

italiano iure sanguinis, por descendencia de su progenitor italiano;

y

ciudadano del país de nacimiento iure soli.

Esta doble ciudadanía desde el nacimiento es precisamente el supuesto que terminó llegando a las Sezioni Unite.

3. El antiguo “minor issue”: qué problema existía

Durante los últimos años se consolidó administrativamente una interpretación muy restrictiva de la antigua Ley 555/1912.

Según ese criterio, cuando el progenitor italiano se naturalizaba extranjero mientras su hijo todavía era menor y convivía con él, se consideraba que el menor podía perder también la ciudadanía italiana.

Esta interpretación dio lugar al conocido como minor issue.

La consecuencia práctica fue muy importante.

Numerosas líneas de ciudadanía comenzaron a ser consideradas interrumpidas aunque el hijo ya hubiera nacido italiano iure sanguinis y ciudadano extranjero iure soli antes de la naturalización de su progenitor.

La versión anterior de este mismo artículo recogía precisamente aquel criterio administrativo. 

Pérdida de la Ciudadanía Italiana por Naturalización Extranjera.pdf

Pero en 2026 las Sezioni Unite resolvieron la cuestión.

4. Sentencia 24045/2026: qué cambió con el minor issue

La Sentencia 24045/2026 de las Sezioni Unite estableció una distinción fundamental entre dos situaciones que no pueden tratarse de la misma manera.

El menor nacido en el extranjero que adquirió desde su nacimiento:

la ciudadanía italiana por iure sanguinis

y

la ciudadanía extranjera por iure soli

era bipolide desde el nacimiento.

En ese supuesto, la naturalización posterior del progenitor italiano no provocaba la pérdida de la ciudadanía italiana del hijo menor.

La Corte encuadra esta situación en el régimen del artículo 7 de la antigua Ley 555/1912 y reconoce la conservación de la ciudadanía italiana, salvo supuestos especiales o una renuncia realizada posteriormente en las condiciones legalmente previstas.  

Esto modifica de manera decisiva la lectura que durante los últimos años se había realizado del denominado minor issue.

5. El artículo 12 no se aplica igual a todos los menores

Las Sezioni Unite también aclararon el alcance del artículo 12 de la Ley 555/1912.

Según la Corte, el supuesto es diferente cuando hablamos de un menor que poseía exclusivamente la ciudadanía italiana y que podía adquirir posteriormente una ciudadanía extranjera, a título no originario, como consecuencia de la pérdida de ciudadanía del progenitor con quien residía.

Es decir, hay que diferenciar:

menor que ya nació con dos ciudadanías

de

menor exclusivamente italiano que posteriormente adquiere otra ciudadanía de manera derivativa.

No son jurídicamente la misma situación.

Las Sezioni Unite establecieron que el menor nacido bipolide —italiano iure sanguinis y extranjero iure soli— queda bajo la protección del régimen del artículo 7 y conserva su ciudadanía italiana pese a la naturalización posterior del progenitor.  

6. Un ejemplo permite entender la diferencia

Imaginemos esta situación:

Giuseppe nació italiano y emigró a Argentina.

Su hijo Carlo nació en Argentina en 1945.

Carlo adquirió al nacer la ciudadanía italiana iure sanguinis y la ciudadanía argentina iure soli.

Giuseppe se naturalizó argentino en 1950, cuando Carlo tenía cinco años.

Durante la aplicación del denominado minor issue, esta naturalización posterior podía convertirse en un obstáculo para el reconocimiento de los descendientes.

Después de la Sentencia 24045/2026, el principio establecido por las Sezioni Unite es claro:

Carlo ya era italiano y argentino desde su nacimiento. La naturalización posterior de Giuseppe no provoca por sí sola la pérdida de la ciudadanía italiana de Carlo.  

Esto es muy diferente de otro supuesto:

Giuseppe se naturaliza argentino en 1940.

Carlo nace en 1945.

En ese caso, el problema es anterior: cuando Carlo nació, Giuseppe ya había perdido la ciudadanía italiana.

Por eso la fecha exacta de naturalización frente a la fecha de nacimiento sigue siendo determinante.

7. Entonces, ¿el minor issue desapareció?

Como criterio sobre la pérdida histórica de ciudadanía del menor bipolide desde el nacimiento, las Sezioni Unite resolvieron la cuestión.

La naturalización posterior del progenitor no determina la pérdida de ciudadanía italiana del hijo que ya era italiano iure sanguinis y extranjero iure soli desde su nacimiento.  

Pero esto no significa que cualquier descendiente afectado por un antiguo minor issue pueda hoy iniciar automáticamente un reconocimiento administrativo como si la reforma de 2025 no existiera.

Hay que separar dos cuestiones.

Una es:

¿la cadena histórica quedó interrumpida por el minor issue?

La Sentencia 24045/2026 proporciona una respuesta decisiva para los menores bipolides desde el nacimiento.

Otra cuestión diferente es:

¿qué régimen se aplica actualmente a la persona que pretende obtener el reconocimiento?

Ahí entra en juego la reforma introducida por la Ley 74/2025 y el artículo 3-bis.

Son dos filtros jurídicos diferentes.

8. La Sentencia 24045/2026 no elimina la Ley 74/2025

Este punto es fundamental.

Las Sezioni Unite resolvieron el problema histórico del minor issue, pero no eliminaron las restricciones introducidas en 2025 para el reconocimiento de ciudadanía italiana por descendencia.

La propia Sentencia 24045/2026 aborda expresamente el artículo 3-bis y establece que este no resulta aplicable a las demandas judiciales de reconocimiento presentadas antes del 27 de marzo de 2025, que continúan reguladas por la legislación anterior.  

Por tanto, una línea puede superar hoy el problema histórico del minor issue y, sin embargo, tener que analizar separadamente cómo incide la Ley 74/2025 sobre la persona que solicita actualmente el reconocimiento.

Resolver el minor issue no significa automáticamente superar el artículo 3-bis.

Son problemas distintos.

9. ¿Qué pasa si mi ciudadanía fue rechazada por minor issue?

Este es uno de los efectos prácticos más importantes de la Sentencia 24045/2026.

Hay personas que presentaron formalmente una solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana y posteriormente recibieron una resolución negativa basada total o parcialmente en el minor issue.

Esos expedientes fueron decididos aplicando una interpretación que ahora debe confrontarse con el criterio fijado por las Sezioni Unite.

Por eso, determinados rechazos anteriores pueden ser objeto de revisión y solicitud de reapertura administrativa del expediente originario.

No significa que la reapertura sea automática.

Significa que existe un nuevo fundamento jurisprudencial de máxima relevancia para solicitar que la Administración vuelva a examinar una decisión adoptada sobre el antiguo criterio del minor issue.

¿Importa si presenté antes o después del 27 de marzo de 2025?

Para analizar una reapertura por minor issue, la fecha del 27 de marzo de 2025 no funciona por sí sola como requisito de acceso al servicio.

Una persona puede haber presentado antes o después de esa fecha y posteriormente haber recibido un rechazo por minor issue.

Lo especialmente relevante del supuesto anterior al 27 de marzo de 2025 es otra cosa.

Quien ya había presentado formalmente su solicitud antes de la reforma, después recibió un rechazo por minor issue y posteriormente quedó afectado por la nueva Ley 74/2025 se encuentra ante una situación especialmente significativa.

La reapertura permite defender la relevancia de aquella solicitud originaria, en lugar de tratar la situación como si la persona simplemente pretendiera iniciar hoy una nueva solicitud bajo el régimen actual.

10. Reapertura no significa presentar una nueva solicitud de ciudadanía

Esta diferencia es fundamental.

Cuando existe un expediente anterior formalmente presentado y posteriormente rechazado por minor issue, la intervención no consiste simplemente en volver a presentar desde cero una nueva solicitud de reconocimiento.

El objetivo es trabajar sobre el expediente originario y la resolución de rechazo, incorporando el nuevo criterio establecido por las Sezioni Unite para solicitar que aquella decisión sea nuevamente examinada.

Por eso deben analizarse conjuntamente:

la solicitud original;

la resolución de rechazo;

la línea documental de ciudadanía;

las fechas de nacimiento y naturalización;

y la incidencia concreta del minor issue en la decisión administrativa.

¿Tu solicitud fue rechazada por minor issue?

Si presentaste formalmente tu solicitud de ciudadanía italiana y posteriormente recibiste un rechazo basado total o parcialmente en el minor issue, ofrecemos un procedimiento específico de reapertura administrativa del expediente a la luz de la Sentencia 24045/2026.

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11. ¿Y si nunca presenté una solicitud formal?

Entonces estamos ante una situación diferente.

Haber buscado turnos, preparado documentos o intentado acceder al procedimiento no equivale a tener un expediente administrativo rechazado por minor issue.

La reapertura presupone precisamente la existencia de una solicitud anterior sobre la cual recayó una decisión negativa.

Si nunca existió una solicitud formal y un rechazo, no hay un expediente rechazado que reabrir.

Eso no significa que no puedan existir otras cuestiones jurídicas que analizar.

Significa simplemente que la reapertura administrativa por minor issue no es el instrumento correspondiente a esa situación.

12. Naturalización después de la mayoría de edad

Otro supuesto diferente se produce cuando el progenitor se naturalizó después de que el hijo hubiera alcanzado la mayoría de edad.

En ese escenario no estamos ante el problema característico del minor issue.

La naturalización del progenitor debe analizarse atendiendo al régimen histórico aplicable y a la situación de ciudadanía que ya tenía el hijo.

Nuevamente, la naturalización del ascendiente no puede analizarse aisladamente.

Hay que reconstruir cronológicamente la línea:

nacimiento → ciudadanía adquirida al nacer → mayoría de edad → naturalización del progenitor.

13. ¿Qué ocurre con las naturalizaciones posteriores a 1992?

La Ley 91/1992 cambió profundamente el régimen italiano.

Desde su entrada en vigor, la adquisición voluntaria de otra ciudadanía ya no provoca automáticamente la pérdida de la ciudadanía italiana.

Por eso, cuando una naturalización extranjera se produjo bajo el régimen actual, no debemos aplicar mecánicamente las reglas históricas de la Ley 555/1912.

Un ciudadano italiano puede adquirir otra ciudadanía y conservar la italiana, salvo que exista una renuncia en las condiciones previstas legalmente.

Para analizar una línea iure sanguinis, por tanto, la fecha de naturalización vuelve a ser esencial.

14. Naturalizaciones antiguas en Argentina: cuidado con confundir padrón y naturalización

Existe además un problema documental particular en algunas líneas argentinas.

La aparición de un antepasado italiano en padrones, registros electorales u otra documentación argentina no debe interpretarse automáticamente como prueba suficiente de una naturalización válida.

Para determinar si existió realmente naturalización y en qué fecha produjo efectos, hay que identificar la documentación correspondiente.

Este punto es especialmente importante porque una fecha incorrecta puede cambiar por completo la reconstrucción de la línea.

Si la naturalización fue anterior al nacimiento de la siguiente generación, el análisis será uno.

Si fue posterior, será otro.

Y si no existió jurídicamente la naturalización que se atribuía al ascendiente, el punto de partida cambia nuevamente.

15. ¿Se puede recuperar una ciudadanía italiana perdida?

La readquisición de ciudadanía es una cuestión diferente del reconocimiento iure sanguinis.

Cuando una persona perdió efectivamente la ciudadanía italiana y posteriormente la readquiere, esa readquisición no debe confundirse con una declaración de que nunca existió pérdida.

Tampoco significa automáticamente que los descendientes nacidos durante el período en que la persona no era ciudadana italiana pasen retroactivamente a haber nacido italianos.

Por eso hay que distinguir siempre:

conservación de ciudadanía,
pérdida de ciudadanía,
readquisición,
y reconocimiento iure sanguinis.

Son instituciones diferentes y producen efectos diferentes.

16. Ley 74/2025: nuevas vías para determinados descendientes

La reforma de 2025 también introdujo mecanismos específicos relacionados con personas que habían perdido la ciudadanía y con determinados descendientes de italianos.

Estas vías no deben confundirse con el reconocimiento iure sanguinis.

Una persona puede no poder reconstruir una transmisión ininterrumpida por descendencia y, sin embargo, encontrarse dentro de otro mecanismo de adquisición o readquisición previsto por la legislación.

Pero eso exige analizar separadamente los requisitos de cada vía.

Por eso eliminaríamos de la versión anterior de este artículo la afirmación de que existe una “única opción viable” cuando la naturalización se produjo antes del nacimiento. 

Pérdida de la Ciudadanía Italiana por Naturalización Extranjera.pdf

La conclusión correcta depende de la historia documental y jurídica concreta de la familia.

17. Resumen: cómo afecta la pérdida de ciudadanía italiana por naturalización extranjera

SituaciónEfecto principal
Progenitor perdió la ciudadanía italiana antes del nacimiento del hijoPuede existir una interrupción de la transmisión iure sanguinis
Hijo nació italiano iure sanguinis y extranjero iure soli antes de la naturalización del progenitorLa naturalización posterior del progenitor no provoca por sí sola la pérdida de ciudadanía del hijo, según Sezioni Unite 24045/2026
Menor era exclusivamente italiano y posteriormente adquiere otra ciudadanía de forma derivativa vinculada a la pérdida del progenitor convivienteEs un supuesto diferente, regulado históricamente por el art. 12 de la Ley 555/1912
Naturalización del progenitor después de la mayoría de edad del hijoNo constituye el supuesto del minor issue; debe analizarse la ciudadanía que el hijo ya poseía
Naturalización bajo el régimen de la Ley 91/1992La adquisición de otra ciudadanía ya no produce automáticamente la pérdida de la italiana
Solicitud anteriormente rechazada por minor issuePuede analizarse la reapertura administrativa a la luz de la Sentencia 24045/2026
Nueva solicitud bajo el régimen actualAdemás de reconstruir la cadena histórica, debe analizarse separadamente la incidencia de la Ley 74/2025

18. Los documentos que hay que mirar primero

Cuando existe una naturalización extranjera en la línea familiar, mirar únicamente el certificado de naturalización no alcanza.

Hay que reconstruir cronológicamente los hechos.

Especialmente:

  • fecha de nacimiento del ascendiente italiano;
  • fecha de nacimiento de su hijo;
  • ciudadanía adquirida por ese hijo desde el nacimiento;
  • fecha exacta de naturalización del progenitor;
  • situación del hijo en ese momento;
  • documentación que acredita la naturalización y sus efectos;
  • eventuales renuncias;
  • solicitudes de reconocimiento ya presentadas y resoluciones recibidas.

Una diferencia de pocos años —e incluso de días— puede modificar completamente el análisis histórico de la transmisión.

19. El error más frecuente: “se naturalizó, entonces se cortó la ciudadanía”

Después de la Sentencia 24045/2026, esta simplificación resulta todavía más problemática.

La existencia de una naturalización no demuestra por sí sola que la cadena se haya interrumpido.

Hay que determinar cuándo ocurrió y qué ciudadanía tenía ya la siguiente persona de la línea.

Si la naturalización ocurrió antes del nacimiento, puede existir una interrupción de transmisión.

Si ocurrió después y el hijo ya había nacido italiano iure sanguinis y extranjero iure soli, las Sezioni Unite han establecido que esa naturalización posterior no provoca la pérdida de la ciudadanía italiana del menor.  

Esta diferencia puede cambiar por completo la lectura de una carpeta.

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Preguntas frecuentes sobre pérdida de ciudadanía italiana por naturalización extranjera

¿Un italiano perdía la ciudadanía al naturalizarse extranjero?

Bajo el régimen histórico anterior a la Ley 91/1992, la naturalización extranjera podía producir la pérdida de ciudadanía italiana. Desde 1992, adquirir otra ciudadanía no provoca automáticamente la pérdida de la italiana.

¿Si mi antepasado se naturalizó antes de que naciera su hijo se corta la línea?

Puede existir una interrupción porque, si el progenitor ya había perdido la ciudadanía italiana cuando nació la siguiente persona de la línea, no podía transmitirle por esa vía una ciudadanía que ya no poseía. Deben comprobarse las fechas y el régimen aplicable.

¿Si se naturalizó después del nacimiento también se corta?

No necesariamente. Si el hijo ya había nacido italiano iure sanguinis y extranjero iure soli, las Sezioni Unite establecieron en la Sentencia 24045/2026 que la naturalización posterior del progenitor no provoca por sí sola la pérdida de ciudadanía italiana del menor.  

¿Qué es el minor issue?

Es el nombre con el que se conoció la controversia sobre los efectos que podía producir la naturalización del progenitor italiano durante la minoría de edad de su hijo. Las Sezioni Unite resolvieron en 2026 que el menor bipolide desde el nacimiento conserva la ciudadanía italiana pese a la naturalización posterior del progenitor.  

¿La Sentencia 24045/2026 elimina todas las restricciones para los descendientes?

No. Resuelve el problema jurídico del minor issue en los términos establecidos por la Corte, pero la reforma introducida por la Ley 74/2025 debe analizarse separadamente para determinar el régimen actualmente aplicable.

¿Qué pasa si mi solicitud ya fue rechazada por minor issue?

Puede analizarse una solicitud de reapertura administrativa del expediente a la luz del nuevo criterio de las Sezioni Unite. La reapertura no es automática y requiere revisar la solicitud originaria, la resolución de rechazo y la documentación de la línea.

¿La solicitud tenía que haberse presentado antes del 27 de marzo de 2025 para pedir la reapertura?

No tratamos esa fecha como una condición general de acceso a la reapertura por minor issue. Su relevancia es especialmente fuerte cuando existía una solicitud formal anterior a la reforma que posteriormente fue rechazada por minor issue, porque permite defender la relevancia de aquel expediente originario frente al nuevo marco introducido por la Ley 74/2025.

¿Puedo pedir una reapertura si nunca presenté formalmente una solicitud?

No se trataría propiamente de reabrir un expediente rechazado si nunca existió una solicitud formal y una resolución negativa. Esa situación requiere otro tipo de análisis.

¿La naturalización extranjera siempre impide la ciudadanía italiana por descendencia?

No. Hay que analizar cuándo ocurrió, qué ciudadanía tenía la siguiente persona de la línea, qué régimen jurídico estaba vigente y qué documentación acredita la naturalización.

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