Ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos 2025

por | Ago 24, 2025 | Ciudadanía italiana | 0 Comentarios

📑 Mitos y verdades sobre la ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos (Reforma 2025)

Introducción. Ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos 2025

Ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos 2025. Desde el 28 de marzo de 2025, con la entrada en vigor del Decreto Ley n.º 36/2025 (Decreto Tajani), el acceso a la ciudadanía italiana por ius sanguinis cambió drásticamente.

La norma establece que solo pueden ser reconocidos:

  • Hijos de ciudadanos italianos nacidos en Italia.
  • Nietos de ciudadanos italianos nacidos en Italia.

Esto significa que:

  • Bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores quedaron excluidos.
  • También quedaron fuera los descendientes de italianos nacidos en el extranjero, aunque mantengan el linaje.

Aunque el Parlamento aún puede ratificar, modificar o rechazar la norma, la realidad práctica es clara: consulados y comunes ya están aplicando estas limitaciones mediante suspensiones de turnos y rechazos administrativos.

En este contexto, circulan muchos malentendidos. A continuación, desmontamos los mitos más frecuentes sobre la ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos.

❌ Mito 1: “La Corte Constitucional habilitó a los bisnietos a tramitar por consulado”

✅ Verdad: La Corte reafirmó principios, pero no abrió la vía administrativa

En su Sentencia n.º 142/2025, la Corte Constitucional reafirmó que:

  • El ius sanguinis es un principio protegido por la Constitución y no tiene límite generacional en su origen.
  • La ciudadanía se transmite como derecho originario desde el nacimiento, y no es una “gracia” que concede el Estado.

Sin embargo, la misma sentencia también indicó que:

  • El legislador sí tiene la potestad de regular el reconocimiento administrativo, siempre que lo haga en forma razonable y sin retroactividad.
  • La Corte no ordenó habilitar a los bisnietos a tramitar en consulados o comunes.

👉 Conclusión: la Corte reforzó la idea de que el derecho existe, pero no abrió ninguna puerta administrativa.

❌ Mito 2: “El Tribunal de Turín permite a los bisnietos hacer el trámite en un comune”

✅ Verdad: El Tribunal cuestionó la reforma, pero no habilitó trámites

El Tribunal Ordinario de Turín analizó la Ley 74/2025 y advirtió que podría ser inconstitucional si se aplicara retroactivamente, porque:

  • Pondría en riesgo derechos adquiridos.
  • Violaria el principio de igualdad entre generaciones.
  • Afectaría el derecho a la identidad jurídica de los descendientes.

Pero el tribunal fue claro: no ordenó aceptar carpetas de bisnietos en comunes ni consulados. Su análisis fue un aviso a futuro, una advertencia sobre posibles impugnaciones, no una habilitación administrativa.

👉 Conclusión: el fallo de Turín refuerza la estrategia judicial, pero no habilita trámites directos.

❌ Mito 3: “Con estos precedentes puedo presentar mi carpeta como bisnieto en el consulado”

✅ Verdad: La vía administrativa está cerrada de hecho y de derecho

Ni la Corte Constitucional ni el Tribunal de Turín han dado base legal para que un consulado o un comune italiano inscriba a un bisnieto o tataranieto como ciudadano.

  • En la práctica: consulados y comunes ya están rechazando o inadmitiendo expedientes de generaciones excluidas.
  • En derecho: la administración está obligada a aplicar la norma vigente. No puede interpretar principios constitucionales por encima de la ley.

Esto significa que cualquier intento de presentar un trámite administrativo como bisnieto será rechazado automáticamente.

👉 Conclusión: insistir en la vía consular o comunal solo implica perder tiempo y dinero.

❌ Mito 4: “Si no puedo por consulado, no tengo ninguna otra opción”

✅ Verdad: La vía judicial es la única vía efectiva

La jurisprudencia italiana es clara y consistente:

  • La Corte de Casación (SS.UU. 4466/2009; Cass. 6205/2014) estableció que el reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis es un derecho imprescriptible y perfecto.
  • La Sentencia del Tribunal de Génova, caso Calcagno (20/02/2025), volvió a confirmar que no es obligatorio agotar la vía administrativa antes de ir a juicio.
  • Lo que sí debe probarse es el “interés a agire”, es decir: haber intentado, sin éxito, iniciar el trámite por vía consular o comunal (capturas de pantalla de Prenotami, rechazos, correos PEC, etc.).

En este escenario, la vía judicial se convierte en la única herramienta legítima y efectiva para que los bisnietos y tataranietos puedan ejercer su derecho.

👉 Conclusión: el acceso sigue siendo posible, pero únicamente en sede judicial.

🛡️ Conclusión general para la ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos 2025

La ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos hoy se encuentra en un punto crítico:

  • La vía administrativa (consulados y comunes) está cerrada.
  • Los precedentes judiciales y constitucionales no abren esa vía, pero sí fortalecen la estrategia de impugnar la reforma ante tribunales.
  • El derecho originario existe, pero para hacerlo valer es necesario litigar.

🚨 El escenario para la ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos 2025 cambió:

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