La ley 74 de ciudadanía italiana es inconstitucional: el juicio que puede cambiarlo todo
La ley 74 de ciudadanía italiana es inconstitucional. La ordenanza del Tribunal de Torino no solo desafía la reforma 2025: le pone freno. El juez la declara inaplicable y la eleva a la Corte Constitucional. Si te dejaron fuera por ser bisnieto o tataranieto, esto puede ser la vía para recuperar lo que te corresponde.
🚨 Introducción: ¿Qué está pasando con la ley 74 de ciudadanía italiana? Es inconstitucional
Desde el 28 de marzo de 2025, la nueva Ley 74/2025 cambió las reglas de forma radical: ahora solo pueden acceder a la ciudadanía italiana iure sanguinis los hijos o nietos de ciudadanos nacidos en Italia. Ni tataranietos, ni bisnietos, ni descendientes de italianos nacidos en el exterior. Y lo peor: la norma se aplica incluso a hechos pasados, afectando trámites en curso y personas que ya habían reunido su documentación.
Estamos hablando de una reforma que afecta a millones de latinoamericanos, impide la reconstrucción de la historia familiar y rompe la cadena de derechos que la propia Constitución garantiza.
El Parlamento aún puede modificarla o derogarla (tiene 60 días para hacerlo). Pero los efectos ya son devastadores: turnos cancelados, procesos judiciales trabados, familias bloqueadas. En ese contexto, el Poder Judicial italiano empieza a reaccionar, y lo hace con fuerza.
⚖️ El caso Torino: cuando el derecho se impone a la política. La ley 74 de ciudadanía italiana es inconstitucional
El 25 de junio de 2025, el Tribunale Ordinario di Torino, bajo la conducción del juez Fabrizio Alessandria, dictó una ordenanza histórica: suspendió un juicio de ciudadanía y planteó la inconstitucionalidad del nuevo artículo 3-bis de la Ley 91/1992, introducido por la reforma.
Una descendiente venezolana, legítima heredera del derecho italiano por línea paterna, fue brutalmente excluida por la nueva ley. Su única «falla» fue no haber presentado el trámite antes del 28/3/2025. El juez no lo toleró. Y su argumentación es un mapa jurídico para defendernos.
🔍 Por qué la Ley 74/2025 de ciudadanía italiana es inconstitucional (según la justicia italiana)
1. ❌ Discriminación arbitraria: no somos menos italianos por el turno
La nueva norma genera una discriminación temporal y sin sentido entre personas con el mismo derecho a la ciudadanía. ¿Por qué un nieto que presentó antes del 28 de marzo sí puede, y otro que presenta después no? El derecho a ser italiano iure sanguinis no nace del turno, sino de la sangre.
Esto viola el principio de igualdad ante la ley (artículos 2 y 3 de la Constitución italiana), y también contradice la tradición jurídica italiana que reconoce este derecho como originario.
2. ⏳ Retroactividad lesiva: ¿cómo cambiar las reglas después del juego?
El art. 3-bis se aplica a hechos nacidos antes de su vigencia, produciendo un efecto retroactivo sin base legal. Eso rompe el equilibrio de quienes iniciaron trámites de buena fe.
- Infringe el artículo 11 de las Disposiciones Preliminares del Código Civil, que prohíbe la retroactividad salvo disposición expresa.
- Viola el principio de confianza legítima, esencial en un Estado de Derecho.
- Contradice sentencias de la Corte Constitucional italiana (n. 69/2014, n. 169/2022).
- Ignora la jurisprudencia del TJUE que exige proporcionalidad y garantías ante la pérdida de ciudadanía.
El juez es claro: no se puede quitar un derecho que ya existe solo por una reforma política de corto plazo.
3. 🧬 El derecho a la ciudadanía italiana iure sanguinis es imprescriptible
El derecho a la ciudadanía por sangre no se otorga, se reconoce. Nace con la persona. No depende de que el Estado la conceda, ni de plazos, ni de burocracias.
Así lo dicen las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione (SS.UU. 4466/2009 y 6205/2014): es un derecho originario e imprescriptible. Exigir que se reclame antes de cierta fecha lo convierte en una gracia revocable, y no en lo que es: una identidad jurídica que trasciende el tiempo.
4. 🌍 La ley 74 de ciudadanía italiana es inconstitucional y choca con Europa y los tratados internacionales
El juez señala que el nuevo art. 3-bis entra en conflicto directo con normas supranacionales:
- Art. 20 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE): al eliminar la ciudadanía italiana, se pierde automáticamente la ciudadanía europea, sin examen individual ni recurso.
- Art. 15.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: prohíbe privar arbitrariamente a nadie de su nacionalidad.
- Art. 3.2 del Protocolo 4 del CEDH: garantiza el derecho a entrar en el territorio del que se es nacional.
- Art. 117.1 de la Constitución italiana: obliga al legislador a respetar los compromisos internacionales.
El TJUE ya fue contundente en el caso C-689/21: cualquier pérdida de ciudadanía debe ser proporcionada, motivada y con derecho de defensa. Nada de eso ocurre con esta ley.
✅ ¿Qué decidió el Tribunal?
El Tribunal de Torino fue categórico:
- Reconoció la relevancia jurídica de los argumentos.
- Declaró que el art. 3-bis no puede aplicarse al caso concreto, por ser contrario a los principios constitucionales.
- Remitió el artículo a la Corte Constitucional para su análisis formal.
Este precedente abre la puerta a decenas de juicios similares, y puede ser el primer paso hacia la anulación total de la reforma.
🛡️ ¿Y vos? ¿Qué podés hacer si te dejaron fuera?
Si tu expediente quedó bloqueado por la reforma, si sos bisnieto, tataranieto o si tus padres nacieron fuera de Italia, esta sentencia te da una salida real y legítima: el juicio por inconstitucionalidad.
Desde CiudadaniaItaliana.eu ya estamos iniciando acciones judiciales en toda Italia, con base en este fallo. No estás solo. No es tarde. Pero hay que actuar.
🧭 ¿Cómo saber si calificás?
Podés iniciar un juicio si:
✅ Bisnietos con carpeta lista sin posibilidad de presentarla.
✅ Te cancelaron el turno tras el 28 de marzo de 2025.
✅ Tenés toda la documentación lista, pero ya no podés presentarla.
✅ Iniciaste trámite judicial antes de la reforma y ahora quedó en el limbo.
🚀 Juicio por inconstitucionalidad
La ciudadanía italiana es tu derecho. No es negociable, no es retroactivo, no depende del calendario político.
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